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agosto 20, 2026

Voces

Análisis financiero empresarial: Régimen Fiscal de Personas Físicas

Por Luz Castillo / Grupo Cantón

 

Las bases fundamentales para que las personas físicas en México cumplan con sus obligaciones tributarias, fundamentadas en el artículo 31, fracción IV de la Constitución.

  1. Obligaciones y Herramientas Digitales Impuestos principales: ISR (Impuesto Sobre la Renta): Impuesto directo sobre ingresos. IVA (Impuesto al Valor Agregado): Impuesto indirecto sobre el consumo. Acceso y Control: Para trámites ante el SAT, es indispensable contar con el RFC, la contraseña (CIEC) y la e.firma (archivo cifrado con validez de firma autógrafa). El portal del SAT y SAT ID permiten gestionar estos accesos de forma remota.

 

  1. Regímenes Fiscales para Personas Físicas: Los contribuyentes deben tributar según su actividad. Algunos de los regímenes mencionados incluyen: RESICO (Simplificado de Confianza): Tasas de ISR reducidas (1% a 2.5%), ideal para pequeños negocios. No permite deducciones de gastos para ISR.

 

Sueldos y Salarios: Para empleados con servicios subordinados. La declaración anual es obligatoria si los ingresos superan los $400,000 pesos anuales.

Actividad Empresarial y Profesional: Para negocios propios (tiendas, talleres, profesionistas) sin límite de ingresos. Arrendamiento, Plataformas Tecnológicas, Intereses y Dividendos: Regímenes específicos según la fuente del ingreso.

  1. Deducciones Autorizadas y Personales Deducciones Autorizadas: Gastos estrictamente necesarios para la actividad económica, los cuales deben estar respaldados por facturas (CFDI) válidas y pagos electrónicos (si superan $2,000 MXN).

Deducciones Personales: Gastos que el contribuyente puede restar en su declaración anual, sujetos a límites anuales.

Incluyen: Salud: Honorarios médicos, dentales, psicológicos, nutricionales y gastos hospitalarios. Educación: Colegiaturas (desde preescolar hasta bachillerato).

Otros: Gastos funerarios, intereses reales de créditos hipotecarios, donativos y aportaciones voluntarias al retiro. Nota: No son deducibles si se pagan en efectivo, preferentemente pagar con tarjeta o transferencia.

  1. La Declaración Anual: Se presenta durante el mes de abril del año siguiente al ejercicio fiscal declarado. El procedimiento en el portal del SAT incluye: captura de ingresos, validación de deducciones precargadas, determinación del impuesto y, en su caso, el envío de la declaración. Resultados posibles: Impuesto a cargo: Se genera una línea de captura para el pago. Saldo a favor: Permite solicitar la devolución automática (siempre que el buzón tributario esté activo).

 

Cuando inicias emprendiendo, el acompañamiento del régimen fiscal para la generación de las facturas de ingreso es un gran pilar para que también tu emprendimiento se vaya desarrollando

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Luz Castillo

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