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junio 29, 2026

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Un principio que no admite negociaciones: el interés superior del niño

“Los niños no son objetos que disputar, sino personas a quienes debemos garantizarles sus derechos como padres e instituciones”. -Saúl Bak

En una sociedad democrática, la forma en que tratamos a la niñez revela el verdadero nivel de nuestro compromiso con la justicia. Cuando un conflicto familiar llega a los tribunales “sea por guarda y custodia, pensión alimenticia, convivencia o pérdida de la patria potestad” existe un principio que debe prevalecer sobre cualquier interés particular: el interés superior del niño. Eso mandata el articulo 4 de la constitución política y el nuevo Código Nacional de Procedimientos civil y familiar en su artículo 557.

Con frecuencia, los procesos judiciales se convierten en escenarios donde los adultos buscan reivindicar sus derechos o resolver diferencias personales. Sin embargo, el centro de la discusión no debería ser quién tiene la razón, sino qué decisión garantiza el mayor bienestar para la niña, el niño o el adolescente.

El interés superior del niño no es una expresión retórica ni un argumento de conveniencia. Es un mandato constitucional y convencional que obliga a todas las autoridades a colocar los derechos de la infancia como consideración primordial. Esto implica valorar cada caso desde una perspectiva integral: su seguridad, estabilidad emocional, educación, salud, identidad, vínculos afectivos y desarrollo pleno.

En Quintana Roo, como en el resto del país, los desafíos son evidentes. La desintegración familiar, la violencia intrafamiliar, el incumplimiento de obligaciones alimentarias y la instrumentalización de los hijos durante los conflictos entre adultos siguen siendo una realidad. En estos casos, los niños dejan de ser sujetos de derechos para convertirse, lamentablemente, en instrumentos de presión o negociación.

Esta práctica no solo vulnera derechos fundamentales; también deja profundas secuelas psicológicas y sociales que pueden acompañar a una persona durante toda su vida. Un niño necesita estabilidad, afecto y protección, no ser el campo de batalla de las disputas de los adultos.

Desde una perspectiva ética, este principio también encuentra un sólido fundamento. Una sociedad verdaderamente justa protege primero a quienes son más vulnerables. La responsabilidad de los padres, las instituciones y el Estado consiste en crear condiciones que permitan a cada niño crecer en un ambiente de amor, seguridad y respeto.

Hablar del interés superior del niño no significa restar importancia a los derechos de los adultos. Significa reconocer que, cuando ambos intereses entran en tensión y colisionan, la prioridad corresponde a quien depende de nuestra protección para desarrollar plenamente su proyecto de vida.

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La justicia familiar no debería medirse por el número de sentencias emitidas, sino por la cantidad de niñas y niños que logran crecer libres de violencia, abandono y manipulación. Ese es el verdadero indicador de una sociedad que entiende que proteger a la infancia no es una opción política ni un gesto de buena voluntad; es un deber jurídico, moral y humano.

Porque cuando una sociedad coloca a sus niños en el centro de sus decisiones, también está asegurando un mejor futuro para todos.

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