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octubre 03, 2024

Tulum

Sancionan por opacos a 9 funcionarios de Tulum

Tulum,Quintana Roo.- Por no presentar su Declaración Patrimonial, nueve funcionarios del Ayuntamiento de Tulum, incluidos directores generales de área, fueron sancionados.
De acuerdo con la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ayuntamiento de Tulum, los funcionarios tuvieron que cumplir con esta obligación en mayo de 2017, tal como lo marca el Artículo 47 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Quintana Roo, que enumera varias obligaciones que deben cumplir los funcionarios, independientemente de las que correspondan a su empleo, cargo o comisión, “para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban ser observadas en el servicio público”.

La fracción XIX de este artículo refiere que los servidores públicos están obligados a: “presentar con oportunidad y veracidad la declaración de situación patrimonial en los términos que señala la presente ley”.

Como los funcionarios no cumplieron esta obligación, la Contraloría municipal inició un procedimiento contra ellos y, según la Unidad de Transparencia, el 30 de octubre de 2017 se entregó el resolutivo que impuso una sanción económica a nueve de estos servidores públicos incumplidos.

Se trata de Eliazar Maas Kinil, director de Gobierno; Yadelly Micaela Nuñez Peniche, coordinadora de Eventos Especiales del DIF; Melitón González Pérez, director de Desarrollo Social; Alejandra del Socorro Canul Dzib, jefa de Asuntos Religiosos; Gricely Guadalupe Cauich Puc, directora de Servicios Empresariales Municipales (Sitasem); Francisco Chan Chablé, director de Ecología; Diego José Pérez Ucaña, director de Cultura y Bibliotecas; Shirley Vianey Cocom Cervantes, procuradora del DIF y Manuel Antonio Xiu Loría, noveno regidor.

Las sanciones económicas impuestas a estos funcionarios, variaron de acuerdo con la ley citada, que en su artículo 60 señala: “En caso de aplicación de sanciones económicas por beneficios obtenidos y/o por daños perjuicios causados por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47, se aplicarán dos tantos del lucro obtenido y/o de los daños o perjuicios causados”.

“Las sanciones económicas establecidas en este artículo se pagarán una vez determinada en cantidad líquida, en su equivalencia en salarios mínimos vigentes al día de su pago”, indica el artículo.

De acuerdo con la ley, la sanción económica impuesta se dividirá entre la cantidad líquida que corresponda al salario mínimo mensual vigente en el estado al día de su imposición y el resultado se multiplicará por el salario mínimo mensual vigente en el estado el día de pago de la sanción. De acuerdo con la ley, el salario mensual equivale a treinta veces el salario mínimo diario vigente en la entidad.

Otro funcionario sancionado, pero por una agresión verbal contra un ciudadano, fue Araceli Martínez Cortés, empleada de confianza que, en su caso, fue suspendida sin goce de sueldo en julio de 2017, de acuerdo a la información emitida por la Unidad de Transparencia.(Fernando Morcillo/Quintana Roo Hoy)

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