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7 mayo, 2024

Cancún

Exoneran a Fonatur por el caso Tajamar

La Profepa destaca que el desmonte contó con una autorización expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

tajamar

Jesús Vázquez
CANCÚN, Q. Roo

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) eximió de toda responsabilidad legal al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) en la remoción de vegetación en Malecón Tajamar, por lo que se aporta una prueba a favor de los desarrolladores en el juicio de amparo que mantiene paralizado el proyecto.

La Profepa informó que la remoción de vegetación forestal en el Proyecto Malecón Turístico Tajamar Cancún se realizó al amparo de una autorización en materia de impacto ambiental vigente.

“Después de una detallada investigación en campo y de gabinete, y una vez valorados todos los medios probatorios ofrecidos por ciudadanos denunciantes, así como el citado organismo, se determinó que el referido desmonte contó con una autorización expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)”, expone la Procuraduría en un comunicado.

Los diferentes grupos ambientalistas que se oponen a la devastación de manglar en los predios de Malecón Tajamar, documentaron en todo este tiempo diversas irregularidades de parte de Fonatur, como el desmonte de predios propiedad del Ayuntamiento de Benito Juárez que estaban destinados a la conservación natural, además del incumplimiento de las medidas de mitigación, como el traslado de especies animales que habitaban y aún habitan en esos terrenos.

La propia dependencia lo reconoce así: “Siendo importante destacar, que las pruebas ofrecidas por los denunciantes apoyaron la información recabada por inspectores federales, en relación a la presencia de fauna silvestre en el lugar previo a la remoción, y en fecha posterior a ese acto”.

Sin embargo, la Profepa asegura que cotejó exhaustivamente los 16 términos y 3 condicionantes señalados en la “autorización de referencia”, así como las 65 medidas de prevención y mitigación establecidas en la Manifestación de Impacto Ambiental en su modalidad Particular, “cuyo cumplimiento fue acreditado por Fonatur”.

Aunque la condicionante obligaba a que Fonatur realizara el  traslado de especies antes del desmonte de los terrenos, la Profepa justificó el incumplimiento de esta condicionante señalando que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo se vio impedido a cumplir “derivado de la oposición de algunos grupos de personas apostados en el lugar.

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Este resolutivo de Profepa podría tener efectos en el juicio de amparo que inició, luego de que un juez concediera la suspensión definitiva de las obras desde enero pasado, pues muchos de los alegatos de los abogados ambientalistas se basan en señalar las irregularidades que cometió Fonatur durante el desmonte del pasado 16 de enero.

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