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16 mayo, 2024

Cancún

Confirman venganza contra Juan Vergara

A fin de desprestigiarlo y arruinar su ascendente carrera política en un claro revanchismo político, la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido) realizó la detención del precandidato del PRD a la diputación por el Distrito 3 de Cancún, Juan Vergara Fernández, pese a que sabían que tenía un acuerdo desde hace un año con el Servicio de Administración Tributaria para aclarar la situación financiera de sus empresas.

El acuerdo era pagar en parcialidades el ISR del monto de 271 millones 353 mil 954 pesos, incluso se menciona que ya había hecho algunos depósitos previos al SAT, pero aun así fue detenido.

Jorge Aguilar Osorio, presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD), dejó en claro, durante la conferencia de prensa que ofrecieron el sábado pasado, que la detención del ex titular de Sefiplan fue un claro revanchismo del gobierno de Peña Nieto, debido a que en Quintana Roo se ha detenido a ex servidores públicos del PRI por actos de corrupción, enriquecimiento ilícito y desvío de recursos del erario público.

Además, afirmó que si la denuncia y orden de aprehensión contra Juan Vergara estaba en manos de la PGR desde noviembre de 2017, resulta extraño que la detención se haya hecho hasta ahora, cuando el ex funcionario público estaba localizable.
El líder del Sol Azteca aseveró que la PGR, además de violar el principio de presunción de inocencia, dejó en claro que existe “una clara venganza política” por parte del gobierno federal para “castigar” a los estados que combaten la corrupción de ex funcionarios priistas.

Además de la Constitución Mexicana, hay instrumentos internacionales que salvaguardan el principio de presunción de inocencia, como: la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El nuevo sistema de justicia penal se basa en esta premisa, que busca terminar con las injusticias que se cometían en el aspecto de que el señalado por un delito era culpable hasta que se demostrara lo contrario y se le detenía y encarcelaba desde el inicio de su proceso.

La responsabilidad de la autoridad es no exponer o divulgar los datos personales de los detenidos, en aras de no afectar su reputación. Sin embargo en el caso de Juan Vergara se dio a conocer su función en el gobierno, como secretario de Finanzas, acción que rompe la presunción de inocencia.

SALE EN LIBERTAD
El precandidato quedó libre un día después de su detención, tras la audiencia que sostuvo en el juzgado de Control, ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México.
Aunque las autoridades judiciales lograron acreditar el delito y le dictaron medidas cautelares, Vergara Fernández obtuvo su libertad, debido a que el ilícito del que se le acusa no es considerado grave y llevará el proceso en libertad.

PGR CAE EN VERGÜENZA
La Procuraduría General de la República cayó en una acción ilegal y difamatoria al revelar el último cargo en el gobierno de Juan Vergara, debido a que esto rompe la presunción de inocencia.
Por otra parte, se dio a conocer que el delito de lavado de dinero que pretendió acreditar la PGR, consistió en forzar a la legalidad fiscal el dinero procedente de negocios delictivos o injustificables.
Es decir, la PGR trato de sorprender al juez de distrito que la actividad en la cual el ex funcionario público incurrió la equiparó al de una persona u organización criminal, incursionando en un acto delictivo, que procesa las ganancias financieras, resultando de actividades ilegales, para tratar de darles la apariencia de recursos obtenidos de actividades ilícitas como son el robo, malversación de fondos, tráfico de drogas, tráfico de armas, prostitución, contrabando, etcétera. Delito que de ninguna manera encuadra en los supuestos del artículo 68 B del código fiscal de la federación

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Lo que dice el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación “con la inclusión del artículo 69-B, al Código Fiscal de la Federación, a través de la Reforma que sufrió dicho Ordenamiento Legal para el año 2014, se le otorgan nuevas facultades a la Autoridad Hacendaria, a través de las cuales, se busca erradicar la emisión de comprobantes fiscales apócrifos que amparen operaciones inexistentes”.

En otras palabras, en el fragmento legal se establece la facultad de la autoridad fiscalizadora para detectar y sancionar a contribuyentes emisores de comprobantes de operaciones que no existen, las cuales son denominadas como “empresas simuladoras” aunque para muchos despachos esto no es más que una outsourcing.

Para que la autoridad determine que una empresa ha llevado a cabo operaciones inexistentes, se establece que un contribuyente está emitiendo comprobantes fiscales y, a su juicio, presuntamente éstos no tienen la infraestructura necesaria para prestar los servicios que se pretenden amparar con esos comprobantes.

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