Al iniciar el año, las personas que habitan en el territorio mexicano deben cumplir con sus obligaciones tributarias. Una de las más importantes es la relacionada con el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), gravamen que se cobra al abonar recursos líquidos en cuentas bancarias a tu nombre.
A continuación te diremos todo lo que tienes que saber sobre dicho impuesto, de manera que puedas prepararte para pagarlo si es el caso.
Quiénes y cuándo se presenta
Lo deben declarar Instituciones Financieras que paguen intereses, cuando el monto mensual acumulado de depósitos en efectivo de las cuentas de un contribuyente persona física excedan de los 15,000 pesos, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
Existen dos modalidades, la primera debe efectuarse a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda; y la segunda, a más tardar el 15 de febrero de cada año.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que la obligación a cumplir es “declarar los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las Instituciones del Sistema Financiero”.
Así pues, el objetivo es “cumplir con la obligación establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de informar sobre los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma Institución del Sistema Financiero”.
El IDE se recauda por el SAT desde el 2008, fue parte del paquete de la Reforma Fiscal del ejecutivo, entonces presidido por Felipe Calderón Hinojosa. Inicialmente estaba pensado en gravar a los depósitos excedentes de 25 mil pesos con el 2%; en 2009 se realizó un cambio a la ley para reducir el monto a 15,000 y aumentar la recaudación al 3 por ciento.
Este impuesto fue pensado para aumentar la recaudación de impuestos en el sector del comercio informal que omite total o parcialmente el pago de otros impuestos como el ISR, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y el Impuesto Empresarial de Tasa Única (IETU).
Hay otra serie de pagos que deben efectuarse al inicio de año, dentro de estos se encuentran impuestos como el predial, el agua y la tenencia, esta última para quienes cuentan con un automóvil.
Sin embargo, debido a la crisis sanitaria por coronavirus, algunas administraciones estatales han decidido hacer descuentos sobre estos, para asegurar que las personas cumplan con las obligaciones que les corresponden.
Por ejemplo, la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México otorgará descuentos en el pago del predial para los ciudadanos que liquiden anticipadamente el adeudo. Esto significa que el beneficio será de 10% en enero y 6% en febrero.
En tanto, se hará una condonación de 30% o cuota fija en el mismo impuesto a grupos vulnerables. Además, se plantea mantener el 100% de subsidio al impuesto sobre tenencia o uso de vehículos de enero a marzo en vehículos menores o igual a 250,000 pesos y el descuento del 50% en el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) en caso de herencias.
Para realizar estos pagos, la dependencia desarrolló un sistema de trámites en línea para realizar los pagos desde casa.
– Después, tienes que ingresar una cuenta de correo válida y tus datos personales.
– Por último, recibirás un mensaje de activación para completar tu registro en “Sin Papel es Más Fácil”. Una vez activada la cuenta, podrás acceder a la pestaña del servicio del predial o del que requieras liquidar.
Con informacion de Infobae