El 28 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019. En esta ley se elimina la compensación universal de impuestos.
Cabe recordar que el gobierno federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentó el día 15 de diciembre de 2018 al Congreso de la Unión, el paquete económico para el ejercicio fiscal de 2019; el documento contiene: Los Criterios Generales de Política Económica, la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación; en dicho paquete económico, en la Ley de Ingresos de la Federación para el año de 2019 propuso la eliminación de la compensación universal de impuestos.
Conforme a la doctrina la compensación es una forma de extinguir dos deudas entre dos o más personas que poseen el carácter de acreedores y deudores recíprocos.
En la práctica, los saldos a favor se pueden generar principalmente en materia del Impuesto Sobre la Renta cuando los enteros por concepto de pagos provisionales efectuados durante el ejercicio son superiores al impuesto anual causado y en consecuencia se genera un saldo a favor del contribuyente; situación similar se puede dar en materia del Impuesto al Valor Agregado, cuando el IVA que se paga por las erogaciones es superior al IVA cobrado en los ingresos obtenidos.
Ahora bien, desde hace varios años se estableció en las disposiciones fiscales lo que hoy se conoce como la compensación universal, la cual consiste en que los saldos a cargo de los contribuyentes en lugar de pagarlos, se podían compensar contra los saldos a favor que tuvieran los contribuyentes provenientes de diversas impuestos.
En la exposición de motivos presentada por el Ejecutivo se señala, entre otros aspectos, el hecho de que:
Ciertos contribuyentes a través de la compra de facturas que amparan operaciones inexistentes generaban un saldo a favor, sobre todo en materia del Impuesto al Valor Agregado, el cual compensaban con diversas contribuciones a su cargo y al final no pagaban las cantidades que tenían como adeudos; en consecuencia esta medida busca combatir la evasión fiscal.
Es importante mencionar que para los contribuyentes cumplidos, los saldos a favor representan cantidades que necesitan aplicar con el fin de no descapitalizarse e incurrir en problemas de liquidez, ya que dichos saldos los necesitan para realizar las operaciones cotidianas.
En la actualidad, las autoridades fiscales tienen establecido procedimientos muy tardados y complejos para la devolución de contribuciones, los que en la mayoría de los casos buscan desechar o tener por desistido los trámites, para no devolver dichos saldos a favor; no obstante del hecho, que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con toda la documentación e información solicitada en el trámite.
También es importante mencionar que las autoridades fiscales cuentan con todos los elementos para verificar la procedencia de las devoluciones para que las efectúen en forma rápida y sencilla, entre otros: CFDI, Complemento de pagos, cancelación de CFDI, Contabilidad electrónica, Declaraciones por internet, Buzón tributario.
Por lo anterior, y al haberse eliminado la compensación universal, se hace necesario que las autoridades fiscales establezcan las reglas y los mecanismos que permitan obtener de una manera ágil y sencilla, las devoluciones de los saldos a favor de las contribuciones, con el fin de no afectar a los contribuyentes cumplidos que tengan realmente saldos a favor y evitar que puedan caer en problemas económicos por falta de liquidez.