Las leyes que hoy rigen y protegen la convivencia ciudadana de nuestra nación, fue un gran aporte de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, al ser la primera en incluir los derechos sociales.
A casi 100 años de su promulgación, la Constitución mexicana del año 1917 continúa estableciendo el marco político y legal para la organización y relación federal con todas las entidades, los ciudadanos y todas las personas.
Por lo que hoy cuesta entender si el artículo 130° como parte de la iniciativa al proyecto constitucional de reformas a la Constitución presentadas el 6 de diciembre de 1916 por el Presidente Carranza no está resultando claro para la iglesia, al no considerar que los Poderes Federales son los únicos encargados de señalar las prevenciones generales de orden religiosos, civil, educativo, político y cultural de nuestro País; si esto fuese así, porque entonces la Arquidiócesis y la Prelatura de este estado, insisten en entrometerse en asuntos del estado y en contra de los derechos humanos, al querer invisibilizar y criminalizar la iniciativa de reforma al Artículo 4° presentada por Peña, que reconoce las uniones civiles entre personas del mismo sexo.
Para aquello que no sepan, la constitución sigue siendo clara al señalar que los ministros de culto no pueden en reunión pública o propaganda religiosa, oponerse a las leyes del país como a sus instituciones, ni tampoco pueden imponerle al “ESTADO” sus doctrinas o aspectos religiosos; es como si nosotros los ciudadanos nos entrometiéramos decidiéndoles cómo deberían ser sus matrimonios y quienes o no podrían casarse según sus normas.
El llamado a la “desobediencia” que hizo el Cura Mayor de este estado durante su homilía, y que no fue más que una fallida declaración en “ad absurdum”, los grupos LGBT tuvimos que actuar, y probablemente por lo declarado, monseñor resultara responsable por el delito de Discriminación previsto en el Artículo 132° del Código Penal de Q. Roo, en su modalidad de provocación o incitación al odio o violencia, al excluir a grupos que para él no existimos ni podemos ejercer nuestros derechos paterno-filiales.
Aclaro a mis lectores que este asunto no es que “No puedan manifestarse o que yo no quiera que marchen”, están en su derecho de hacerlo, pero el querer coartar libertades y retroceder derechos utilizando el chantaje de la fe y falsos discursos, no se permitirá el que prosperen sus intenciones, quedando en verse el que logren revertir no solo el pronunciamiento de la SCJ que fallo a favor del matrimonio igualitario, sino el que se modifiquen los artículos 1° y 4° constitucionales que con la reforma del 2011, se garantizó que todos los mexicanos somos iguales ante la ley y que la discriminación en México está penada.