Las imágenes de gente volcándose a prestar ayuda inmediata para las labores de rescate a minutos de suceder el sismo del 19 de septiembre; preparando alimentos, bebidas, facilitando sus instalaciones, energía eléctrica a quienes se habían quedado sin casa, pero también a quienes estaban en las labores de rescate, donando víveres y por supuesto las instituciones organizándose para atender la emergencia, encumbran el concepto de solidaridad.
Esto es lo opuesto a la reacción que vimos en los medios del presidente norteamericano Donald Trump acudiendo a Puerto Rico luego del paso del huracán María, entregando rollos de papel a la población, sin ningún tacto o sensibilidad ante la desgracia. Era una imagen que denotó su actuación por obligación más que por solidaridad y motivación.
La solidaridad acoge sentimientos, sentido de responsabilidad ciudadanía, empatía por la gente que se encuentra en estado de vulnerabilidad, pero ante todo un impulso por la acción y voluntad; a no ser meramente espectadores de quienes viven en condiciones de desventaja.
Es un valor y un principio que justamente está reconfigurándose dentro del derecho internacional para que la solidaridad internacional sea un nuevo derecho humano. Inclusive existe un experto independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional, designado por el Consejo de derechos humanos de las Naciones Unidas para preparar un proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos y los individuos a la solidaridad internacional.
En junio de este mismo año se aprobó la resolución 35/3 en el seno de ese mismo Consejo, que pone en el sendero la construcción de ese derecho, y en la que además se establece que la solidaridad internacional no se limita a la asistencia y la cooperación, la ayuda, la caridad o la asistencia humanitaria internacionales; es un concepto y principio más amplio que incluye la sostenibilidad en las relaciones internacionales, especialmente las relaciones económicas internacionales, la coexistencia pacífica de todos los miembros de la comunidad internacional, las asociaciones en condiciones de igualdad y la distribución equitativa de los beneficios y cargas.
Así en unos años más seremos testigos de un nuevo derecho cuyo consenso seguramente no estará fuera de polémica. Sin embargo, en tanto llegamos a esa etapa, no debemos dejar de reconocer la necesidad de que las relaciones humanas y estatales se rijan bajo la solidaridad, no únicamente durante emergencias y catástrofes, sino constantemente ante problemas como la pobreza y la desigualdad. Proximidad para entender que en un momento dado nuestra vida pueda pender de la solidaridad de un extraño.