Virginia Próspero
CANCÚN, Q. Roo
Con la jurisprudencia 12/2005, se prevé que concluya el conflicto en el PRD generado por el desistimiento de la impugnación de la elección en Benito Juárez, por parte de la dirigencia del partido.
Dicho dictamen establece que si el candidato no se desiste del recurso presentado y lo hace el partido, no procede, porque se afecta los derechos del actor que presentó la impugnación.
Antonio Meckler Aguilera, suplente y además quien está a cargo del Juicio de Revisión Constitucional presentado por la elección municipal, informó que esa jurisprudencia determina que es el candidato y no el partido el que tiene que desistirse del recurso presentado ante la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf).
“El desistimiento formulado por el partido político actor no debe dar lugar a la conclusión de la instancia, si no consta el consentimiento del candidato, cuando éste carece de la posibilidad jurídica de defender su derecho a través Jurisprudencia vigente D 257 de algún medio de impugnación”, señala el texto de la jurisprudencia.
Hayde Saldaña Martínez, vicepresidente del Consejo Estatal del PRD, dijo que ante este conflicto buscarán que por medio de la Mesa Política, los grupos enfrentados por el desistimiento de la elección en Benito Juárez (Emiliano Ramos Hernández y Julián Ricalde Magaña, dirigente estatal del partido y ex candidato a la alcaldía, respectivamente), resuelvan sus diferencias.