Colectivos feministas mantuvieron tomado el Congreso de Quintana Roo, un estado ubicado en la costa del Caribe mexicano, durante tres meses. A fuerza de lucha, lograron que se debatiera en comisiones el proyecto para despenalizar el aborto hasta la semana 12 de gestación. Pero el martes por la noche el dictamen fue rechazado por 13 votos en contra y siete a favor.
Así, ya son por lo menos seis los estados mexicanos que en los últimos dos años han rechazado reformas para dejar de penalizar a las mujeres que interrumpen de manera voluntaria sus embarazos, derecho que hasta ahora solo se ha logrado en la Ciudad de México y en Oaxaca.
La votación de Quintana Roo demuestra las resistencias que persisten en los congresos locales de este país para acompañar al movimiento de mujeres que mantiene a la despenalización y legalización del aborto entre una de las prioridades de su abultada agenda.
Una de las paradojas es que la demanda no es acompañada muchas veces ni siquiera por las y los diputados locales del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), el partido del presidente Andrés Manuel López Obrador que se identifica con la izquierda, pero que en este tema no asume políticas progresistas de manera unánime.
Morena felicitó al Senado de Argentina cuando, en diciembre pasado, legalizó el aborto en el país sudamericano. Pero en México, sus propios militantes no se ponen de acuerdo, se contradicen y obstaculizan este derecho.
Es lo que ocurrió en Quintana Roo, en donde las diputadas morenistas Euterpe Alicia Gutiérrez, Linda Saray Cobos y Paula Pech Vázquez votaron en contra del dictamen que se iba a someter después a su votación en el pleno.
La ley
Hasta ahora, el aborto solo está despenalizado en este estado si fue involuntario, si la vida de la mujer corre peligro; si, a juicio de por lo menos dos médicos, el feto padece alteraciones genéticas o congénitas que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves, o si es resultado de una violación, siempre y cuando haya sido denunciada ante el Ministerio Público y la interrupción se practique dentro del término de 90 días de la gestación.
En caso de no cumplir con ninguno de esos requisitos, a las mujeres que abortan, o a quienes las ayudan a interrumpir su embarazo con su autorización, se les imponen penas de seis meses a dos años de prisión.
Si alguien hace abortar a una mujer sin el consentimiento de ésta, se le aplican penas de tres a ocho años de prisión, y si es mediante violencia, de cuatro a nueve años; y a los médicos, parteros o enfermeros que intervienen en un aborto se les suspende en el ejercicio de su profesión por un periodo de dos a cinco años.
El Código Penal local tiene una excepcionalidad, ya que uno de sus artículos deja al libre arbitrio del juez la posibilidad de imponer a la mujer solo una tercera parte del máximo de la pena, es decir, ocho meses de prisión, si toma en cuenta como atenuantes su estado de salud, su instrucción o condiciones personales, su situación económica, su edad, las circunstancias en que se produjo la concepción, el tiempo que hubiese durado el embarazo, el desarrollo y características del producto e incluso el consentimiento otorgado por el otro progenitor.
La reforma propuesta, y que fue rechazada en comisiones, despenalizaba la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 12 del embarazo, como ya ocurre en la Ciudad de México desde 2007, y en Oaxaca desde septiembre de 2019.
De hecho, este último estado, que es uno de los más pobres del país, es el único que ha logrado cambios en su legislación local desde que la llamada “marea verde” se intensificó en América Latina.
Para prevenir cualquier intento de despenalizar, y mucho menos de legalizar, otros estados como Nuevo León han concretado reformas constitucionales que reconocen “el derecho a la vida desde la concepción”, lo que de entrada ya cierra la puerta a cualquier posibilidad de equiparar sus leyes locales a las que rigen en la capital y en Oaxaca.
Trabas
La histórica despenalización en Oaxaca se concretó el 25 de septiembre de 2019. Solo tres meses después una iniciativa similar se sometió a votación en el congreso de Puebla, pero fue rechazada en comisiones junto con la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Aquí, a las mujeres que abortan se les imponen penas de seis meses a un año de prisión, pero aumenta de uno a cinco años si tiene “mala fama”, si no logró ocultar el embarazo y si este es fruto de un matrimonio, agravantes que también rigen en el Código Penal a nivel nacional.
En marzo de 2020 fue el turno de Querétaro, en donde comisiones del Congreso rechazaron incorporar el peligro de vida de la madre y la malformación genética del producto como causales de despenalización. Aquí se aplica una de las legislaciones más restrictivas de todo el país, ya que el aborto sólo está permitido si fue imprudencial o si fue producto de una violación.
Lo mismo ocurrió dos meses más tarde en Guanajuato, que tiene idénticas limitaciones y en donde se presentaron iniciativas para ampliar causales y despenalizar hasta la semana 12 de gestación, pero ambas fueron rechazadas en comisiones.
El agitado año de los activismos feministas en México continuó en junio de 2020, cuando el proyecto de despenalizar el aborto en Michoacán fue rechazado por mayoría en el Congreso local.
La discusión llegó un mes después hasta la Suprema Corte de Justicia, que tuvo que analizar un dictamen elaborado por uno de los magistrados que le ordenaba al Congreso de Veracruz que reformara su Código Penal para despenalizar el aborto antes de las 12 semanas de gestación, pero finalmente la Primera Sala votó por mayoría en contra de la propuesta, lo que desató protestas multitudinarias.
Con información de RT