Síguenos

¿Qué estás buscando?

noviembre 21, 2024

Chetumal

Aprueban la ‘Ley Olimpia’ en Quintana Roo

PALOMA WONG
GRUPO CANTÓN

CHETUMAL.- De cuatro a ocho años de prisión y 200 a 500 días de multa podrá recibir aquella persona que difunda material con contenido sexual que busque denigrar, discriminar o menoscabar la autoestima, la intimidad, el honor y la dignidad de las mujeres, es decir toda aquella persona que cometa violencia digital.

Por mayoría, con 23 votos a favor, el Congreso del Estado aprobó la Ley Olimpia en Quintana Roo que tipifica como delito la difusión de material con contenido sexual; este delito se perseguirá por querella de la parte ofendida.

Con las modificaciones aprobadas al Código Penal del estado queda definido como violencia digital a todos aquellos actos individuales o colectivos realizados a través de las tecnologías de la información y la comunicación que tengan por objeto o resultado denigrar, discriminar o menoscabar la autoestima, la intimidad, el honor, la dignidad o el derecho a la propia imagen de las mujeres impidiendo el libre desarrollo de su personalidad.

Por lo tanto, quien infrinja la ley se le aplicará de cuatro a ocho años de prisión y 200 a 500 días de multa.

Las penas y sanciones aumentarán hasta en una mitad más cuando el sujeto activo sea cónyuge, concubina o haya mantenido una relación afectiva o de confianza con la víctima aún sin convivencia cuando se cometa contra una persona con discapacidad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o cuando la conducta haya sido realizada con fines de lucro.

Esta iniciativa probada también establece que a quien, empleando cualquier tipo de violencia, amenace o coaccione a otra persona mayor de 18 años con llevar a cabo las conductas previstas en los artículos con el objetivo de obtener un lucro o beneficio de cualquier naturaleza se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y multa de 100 a 400 días de multa.

Se considera también violencia digital la difusión, revelación, publicación o reproducción de contenido audiovisual las grabaciones de voz, conversaciones telefónicas o imágenes estáticas o en movimiento de naturaleza sexual o erótica de otra persona sin su consentimiento.

Advertisement. Scroll to continue reading.
[adsforwp id="243463"]

En esta primera sesión del primer período ordinario del según año de ejercicio constitucional no asistió la diputada del Partido Verde Ecologista Tyara Schleske de Ariño y no votó la diputada Reyna Durán Ovando.

Por su parte, las integrantes del Colectivo Marea Verde, Gobernanza MX, Siempre Unidas Playa del Carmen y de Defensoras Digitales Quintana Roo se mostraron empáticas con esta nueva Ley, pues ayuda con la prevención del delito hacia las mujeres.

“Estamos muy contentas las mujeres de los colectivos que participamos con los trabajos desde el mes de febrero con este acierto que es ya la tipificación de la violencia digital para quienes difundan y compartan videos íntimos de las personas, Quintana Roo hoy se suma a muchos estados donde la Ley Olimpia ya quede en sus códigos para la protección de las víctimas de la situación”, comentó Sandra Cortez, integrante de Marea Verde Quintana Roo.

Te puede interesar