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noviembre 24, 2024

México

México reitera rechazo al Título III de la Ley Helms-Burton

CIUDAD DE MÉXICO.-

El gobierno federal, asumirá medidas legales en protección a empresas mexicanas que pudieran resultar afectadas por la entrada en vigor del capítulo III de la Ley Helms-Burton, informó la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Advirtió además que al igual que otros países, analizan las instancias legales correspondientes para interponer las acciones por las violaciones al derecho internacional que la Ley Helms-Burton representa, así como para proteger los intereses mexicanos en el exterior.

“El Gobierno de México reitera su rechazo a la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton y refrenda su compromiso de proteger jurídicamente a las empresas mexicanas que pudieran verse afectadas”, manifestó la Cancillería.

En un comunicado, recordó que la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubana, comúnmente conocida como Ley Helms-Burton, es una norma estadounidense en vigor desde marzo de 1996 que contempla distintas acciones para fortalecer el bloqueo económico, comercial y financiero que el gobierno de Estados Unidos ha mantenido sobre Cuba.

Desde su entrada en vigor, autoridades norteamericanas mantuvieron suspendido el Título III de esta ley, el cual permite a ciudadanos de ese país, entablar acciones legales en tribunales de estadounidense por la explotación comercial de los bienes que les fueron confiscados por el gobierno cubano a partir del 1 de enero de 1959. Sin embargo, el pasado 2 de mayo dicho Título entró en vigor por decisión del gobierno de Donald Trump.

“Lo anterior significa que cualquier persona, de cualquier nacionalidad, que realice actividades comerciales o financieras en Cuba en torno a una propiedad confiscada a un ciudadano estadounidense corre el riesgo de ser demandado ante tribunales norteamericanos”.

Ante este escenario, la Cancillería destacó que para contrarrestar los efectos extraterritoriales de la Ley Helms-Burton, México cuenta con la “Ley que Protege el Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional”, misma que se encuentra en vigor desde octubre de 1996.

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Esta normativa faculta a las secretarias de Relaciones Exteriores y Economía a brindar asesoría a las personas afectadas.

También obliga a los tribunales nacionales a denegar el reconocimiento y ejecución de sentencias o requerimientos judiciales o laudos arbitrales emitidos con base en la Ley Helms-Burton.

De igual forma, prohíbe a todas las personas (físicas, morales, públicas o privadas) de proporcionar cualquier información requerida por tribunales o autoridades extranjeras con base en la Ley Helms-Burton.

La “Ley que Protege el Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional” permite una reclamación “espejo” a través de la cual las personas afectadas por la aplicación de la Ley Helms-Burton podrán demandar ante tribunales nacionales a aquella persona que los demandó ante cortes estadounidenses y solicitar como daños y perjuicios la misma cuantía a la que fueron condenados en Estados Unidos.

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