Síguenos

¿Qué estás buscando?

noviembre 25, 2024

México

Matrimonio gay en Jalisco; es legal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó invalidar artículos del Código Civil del Estado de Jalisco, que establecía que el matrimonio sólo puede darse entre “el hombre y la mujer”.

matrimonio-gay

La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó invalidar artículos del Código Civil del Estado de Jalisco, que establecía que el matrimonio sólo puede darse entre “el hombre y la mujer”.

Este martes, el pleno de la Corte resolvió la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la que demandó la invalidez de parte de los artículos 258, 260 y 267 bis.

La ponencia del ministro José Ramón Cossío impulsó aprobar dicha acción de inconstitucionalidad, lo cual fue aceptado por el resto de los ministros.

La CNDH consideró que la redacción del referido artículo es discriminatoria contra las personas homosexuales que quieren formalizar sus uniones ante las autoridades. En diciembre pasado, la Comisión recomendó incluso que las bodas gay se permitan en todo el país.

El pleno de la Corte declaró que la impugnación promovida por la CNDH es procedente después de un nuevo acto legislativo, por lo que se deberá eliminar la frase de que un matrimonio sólo se puede llevar a cabo entre un hombre y una mujer.

Esta es la primera ocasión que la Corte impone a un estado la obligación de casar parejas homosexuales; desde 2012 había otorgado amparos contra códigos civiles locales, pero dichas sentencias sólo beneficiaron a quienes litigaron, sin cambiar la definición legal del matrimonio.

La nueva redacción en el Código Civil de Jalisco debe ser: ”El matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia”. Actualmente dice: “Artículo 258.- El matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual un hombre y una mujer deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia”.

En tanto, el 260 también debe ser modificado, pues actualmente dice que “para contraer matrimonio, el hombre y la mujer necesitan haber cumplido dieciséis años”.

Advertisement. Scroll to continue reading.
[adsforwp id="243463"]

El 267 bis también eliminará las mismas palabras sobre “el hombre y la mujer”. Actualmente establece: “El hombre y la mujer, acreditarán ante el Oficial del Registro Civil, el haber recibido el curso prematrimonial que no será menor de dos horas, cuyo contenido versará sobre los derechos y obligaciones que se contraen con el vínculo del matrimonio de acuerdo a los capítulos correspondientes de este Código. Dicho curso será diseñado e impartido por el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia”.

En diciembre 2013, en el Registro Civil número 1 de Guadalajara, Zaira de la O y Martha Sandoval, fueron la primera pareja lésbico en contraer matrimonio civil en esa entidad, gracias a que interpusieron un amparo para poder casarse; ambas tuvieron una hija, quien fue producto de una donación de esperma a la que se sometió Zaira.

Información;  Aristegui

Te puede interesar