Un secretario en funciones de juez federal desechó un amparo donde un ciudadano solicitó una suspensión de plano y de oficio que obligara al presidente Andrés Manuel López Obrador cancelar sus giras al interior del país, debido a la pandemia por coronavirus por ser “notoriamente improcedente”.
El sujeto impugnó que el titular del Ejecutivo Federal no ha suspendido su trabajo y giras, y mucho menos acatado el Acuerdo por el que se establecen las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 31 de marzo.
Moisés García Ochoa, secretario en funciones de Juez de Distrito del juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, señaló que al ser el Presidente, en quien se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, cuenta con las facultades y obligaciones que establece la Constitución.
García Ochoa mencionó que en el Acuerdo reclamado no existe obligación directa del Presidente de la República de suspender sus actividades.
“En ese orden de ideas, al actualizarse de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia invocada, se desecha por notoriamente improcedente la demanda”, detalla la resolución.
Con información de Milenio.