CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recordó a los dueños de centros laborales que bajo ningún pretexto se debe dejar de pagar el aguinaldo a sus empleados.
En un comunicado, el titular de la dependencia, Alfonso Navarrete Prida, subrayó que esta prestación la deben recibir, sin excepción alguna, trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales.
De igual modo, los comisionistas, agentes de comercio, seguros, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
“El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones y el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe”, subrayó.
Destacó que los empleados deben recibir su aguinaldo como fecha límite el 19 del mes en curso, y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) se mantendrá vigilante en esta temporada de fin de año, ya que a partir del 20 de diciembre, los trabajadores podrán iniciar el trámite de juicio o conciliación por incumplimiento del pago de este derecho.
Refirió que dicho organismo de la STPS solicitará la intervención de la Inspección Federal del Trabajo para que las empresas cumplan con su obligación de pagar en tiempo y forma la prestación. (Fuente: Tabasco Hoy)