Barcelona, España.- Shakira, quien recientemente concluyó su gira mundial El Dorado, alega que sus actividades profesionales fuera del país entre 2012 y 2014 no deben de estar sujetas a impuestos.
La Fiscalía de Barcelona señaló en un comunicado enviado ayer que se encuentra en la fase final de estudio de las presuntas irregularidades por estos tres ejercicios fiscales anteriores a 2015, el año que la cantante trasladó su residencia fiscal de Bahamas a la capital catalana.
La artista de 41 años, cuyo nombre completo es Shakira Isabel Mebarak Ripoll, vive en Barcelona con el jugador del Barça Gerard Piqué, con quien comenzó una relación en 2011 y tiene dos hijos.
Shakira abonó en febrero 20 millones de euros por el concepto de impagos a la Agencia Tributaria española correspondientes a 2011, según una portavoz de su defensa que dijo que la querella a la que se enfrenta la artista excluye este ejercicio porque los delitos ya han prescrito.
Pero la artista sí tendría que responder ante la justicia por 14.5 millones presuntamente defraudados durante los tres ejercicios siguientes.
La portavoz, quien no tenía autorización para ser identificada en prensa, dijo que Shakira hizo este abono el mes pasado.
En un comunicado, la cantante indica que su conducta en materia de impuestos siempre ha sido “intachable” en todos los países en los que ha tenido que tributar. Añade que ha regularizado su situación con las autoridades españolas y que abonó todas sus deudas a pesar de que hasta 2015 nunca pasó más de 183 días en España, como exige la ley para fijar la residencia fiscal.
Según las leyes tributarias españolas, debe pagar impuestos por actividades dentro o fuera del país toda persona que resida en territorio nacional durante más de seis meses cada año o si el cónyuge o hijos menores de edad residen en España, salvo prueba de que residan en el exterior.
Hasta 2015, señala el comunicado de la cantante, Shakira “pasaba largas temporadas con sus hijos en otros países y singularmente en EU, de donde procede la mayor parte de sus compromisos laborales”.
“Al no existir ya deuda tributaria pendiente, el único tema en discusión es sobre la correcta interpretación de la norma en torno a cuándo se inició la aplicación del criterio de residencia fiscal en España por parte de la artista”, continúa el texto.