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Violencia hacia el hombre en Quintana Roo: una mirada jurídica necesaria

En materia familiar persisten prácticas judiciales que, lejos de garantizar la igualdad procesal, reproducen un sesgo histórico hacia el hombre.

Un ejemplo claro es la figura del depósito judicial, que permite al juez determinar de manera provisional el domicilio y cuidado de niños, niñas y adolescentes.

Cuando el padre solicita esta medida, suele esperarse a que primero la madre conteste la demanda para escuchar su postura, lo que retrasa la protección del menor.

En contraste, cuando la madre la solicita, la medida suele otorgarse de forma inmediata, bajo el argumento de urgencia, aun sin haber oído a la otra parte.

Esta desigualdad procesal contradice el principio de interés superior de la niñez, que debería prevalecer sobre cualquier rol parental.

Algo similar ocurre con los convenios judiciales es aceptable para el juzgador que cuando el padre tenga la custodia, se puede convenirse que el 100% de los gastos de los hijos los pueda absorber, sin imponer cargas a la madre.

Sin embargo, es prácticamente imposible que los tribunales acepten un convenio con obligaciones invertidas.

La presunción de que la mujer debe ser protegida incluso en escenarios donde no existe vulnerabilidad real provoca resoluciones desequilibradas y contrarias al principio de corresponsabilidad parental.

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También destaca la disparidad en la tipificación de conductas. Si la madre enfrenta obstáculos para convivir con sus hijos, se actualiza de inmediato la figura de violencia vicaria, un delito específico que habilita un tratamiento jurídico más severo.

Cuando es el padre quien sufre la misma obstrucción, el caso suele diluirse en la categoría genérica de violencia familiar o en la llamada alienación parental, que ni siquiera es sancionable. El resultado es un acceso desigual a la justicia.

Finalmente, continúa privilegiándose la perspectiva de género por encima de la perspectiva de infancia. En numerosos casos se sobreprotege a la madre bajo la premisa de que “sabe lo que es mejor para los hijos”, lo que desplaza el análisis objetivo de las necesidades reales de los menores.

Reconocer estos sesgos no implica negar la violencia contra las mujeres, sino advertir que la igualdad exige corregir excesos y omisiones. Solo así podrá fortalecerse un sistema familiar verdaderamente justo y centrado en la niñez.

Publicado por
Daniela Balbuena