El divorcio, en contextos de violencia emocional, traición, rechazo, abandono y violencia económica, no es solo la ruptura de un vínculo jurídico; es una fractura del sujeto y del proyecto de vida.
Cuando además se agrega alienación parental y la eventual pérdida de la patria potestad o restricción del derecho de convivencia, el dolor se complejiza: no solo se pierde la pareja, sino la cotidianidad de la relación con los hijos.
Fundamento bíblico: justicia y verdad en medio del agravio
La Escritura no romantiza el sufrimiento conyugal. En Malaquías 2:16 se denuncia la violencia que cubre el vestido del hombre. No se trata solo del acto formal del divorcio, sino de la traición que lo antecede.
En Salmos 34:18 se afirma que Dios está cercano al quebrantado de corazón. La teología reconoce que el matrimonio es pacto, pero también que la infidelidad y la violencia lo violan sustancialmente.
Aquí emerge una tensión práctica: Dios aborrece la traición, pero no abandona al traicionado. El agraviado no es culpable por buscar justicia cuando el pacto ha sido quebrantado por violencia sistemática e institucional.
Dimensión psicológica: trauma relacional y alienación
Desde la psicología del apego, la traición conyugal activa trauma de vínculo e inseguridades. La violencia emocional produce síntomas comparables al trastorno por estrés postraumático complejo: hipervigilancia, rumiación, culpa internalizada.
La alienación parental agrava el daño: el hijo es usado para manipular y vengarse contra la otra parte. Esto genera: Conflicto de lealtades. Distorsión narrativa del progenitor ausente. Fragmentación identitaria en el menor. El padre o madre alienado vive un duelo ambiguo: el hijo está vivo, pero inaccesible.
Fundamento jurídico: patria potestad y derecho humano de convivencia
En el marco constitucional mexicano, el derecho de convivencia deriva del interés superior del menor (art. 4º CPEUM). La patria potestad no es privilegio del adulto; es función en favor del hijo.
La pérdida de patria potestad requiere causales graves (violencia, abandono probado, delitos). Cuando la restricción se produce sin base probatoria sólida, puede constituir vulneración al derecho humano de convivencia familiar.
La violencia económica —retener recursos para coaccionar— puede tipificarse en legislaciones locales como modalidad de violencia familiar.
Sin lugar a duda, hay dolores que parecen injustos, y lo son. Pero la injusticia sufrida no define la identidad de las personas.
Cristo mismo fue traicionado, abandonado y despojado injustamente. No respondió con alienación, ni frustración, sino con verdad y justicia.
El divorcio puede ser el fin de un compromiso o contrato humano, pero no el fin del propósito divino. La dignidad no depende del reconocimiento del cónyuge, ni siquiera de la narrativa que otro construya ante los hijos.
La tarea es triple: Sanar interiormente. Defender jurídicamente los derechos con prudencia. Mantener una postura ética ante los hijos, sin instrumentalizarlos.
El sufrimiento puede convertirse en escuela de carácter o en semilla de resentimiento. La diferencia radica en cómo se procesa: con verdad, justicia y gracia.

