Introducción.
La finalidad del presente artículo es comentar el Convenio celebrado entre el gobierno mexicano y el Fondo Monetario Internacional firmado el 11 de abril de 1989, con el objeto de destacar que dicho documento es un ejemplo de una nueva clase de normas jurídicas internacionales, con contenido económico, que niegan el principio de no intervención y el concepto de soberanía nacional y, con ello, las bases sobre las cuales fue estructurado el derecho internacional clásico.
No intervención.
La no intervención ha tenido diversas definiciones, las que en su parte sustantiva refieren a que ningún país tiene el derecho a intervenir en los asuntos de otro país.
Como ejemplo tenemos la definición que sobre este concepto establece el artículo 8 de la Convención de Montevideo, adoptada en 1933, sobre Derechos y Obligaciones de los Estados: “Ningún país tiene derecho a intervenir interna o externa en los asuntos de otro”.
El 21 de diciembre de 1965 la Asamblea General de la ONU adoptó la resolución 2131, titulada “Declaración sobre la inadmisibilidad de la intervención en los asuntos domésticos de los Estados y la protección de su independencia y soberanía”. La que en su parte operativa, destacan los párrafos 1 y 5:
1. Ningún Estado tiene derecho a intervenir directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos y externos de cualquier Estado. Por lo tanto, no solamente la intervención armada, sino también cualquier otra forma de injerencia o de amenaza atentatoria de la personalidad del Estado, o de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen, están condenadas.
5. Todo Estado tiene el derecho inalienable a elegir su sistema político, económico, social y cultural, sin injerencia en ninguna forma por parte de ningún otro estado.
El documento de la ONU recoge diversos pronunciamientos que sobre la materia ya habían sido proclamados por diversos países en el mundo.
Internacionalización.
Dado el proceso de globalización que vive el mundo entero, ha ocasionado que existan relaciones entre un Estado y otro, así como con las organizaciones internacionales, lo que ha originado que se utilicen métodos para propiciar cambios en otros Estados, que no involucran el uso de fuerza física, que no se refieren a cuestiones técnicas de cooperación internacional, y que sí limitan la suprema potestas de los Estados respecto a su margen para decidir los elementos y sistemas políticos y económicos claves para su organización interna.
Estos nuevos métodos ya no sólo determinan las obligaciones y derechos que regulan las relaciones entre los Estados sino determinan sus estructuras políticas y económicas internas.
Esa nueva modalidad de intervención transnacional que contradice la regla de no intervención y vulnera el concepto de soberanía nacional, es legitimada en numerosos convenios internacionales como los convenios sobre derechos humanos y los acuerdos comerciales y financieros que prácticamente todos los países han firmado con organizaciones internacionales en materia de comercio y finanzas.
Si bien en ocasiones dichos instrumentos no son por sí mismos vinculantes, sí constituyen una costumbre jurídica internacional por su repetida celebración y su regular cumplimiento: la inveterata consuetudo y la opinio juris seu necessitatis.
Métodos de intervención.
Existen dos métodos utilizados por los Estados y las organizaciones internacionales para influir en otros Estados, que no implican el uso de la fuerza física:
Sanciones económicas que involucran la suspensión o retiro de prestaciones de índole económica, o la amenaza de hacerlo, o bloqueos económicos. Las naciones económicas son controvertidas y su base jurídica es muy discutible. Estas han sido utilizadas para “desestabilizar” gobiernos, como ejemplo de Estado Unidos contra Cuba, Chile, República Dominicana, Libia, Nicaragua y por la Unión Soviética contra Yugoslavia, Finlandia y Albania; y las de las Naciones Unidas contra África del Sur.
Manipulaciones gratificantes que incluyen el otorgamiento de beneficios económicos y financieros tales como ayuda de gobierno a gobierno, preferencias comerciales y préstamos.
Texto de la Carta de Intención de 1989.
Un ejemplo de manipulaciones gratificantes lo constituyen las cartas de intención firmadas por México frene al Fondo Monetario Internacional en 1976, 1982, 1985, 1986 y 1989.
A cambio de una línea de financiera, el gobierno de México firmó una Carta de Intención el pasado abril 11.
La Carta empieza citando hechos históricos, mencionando que México en los últimos años ha llevado un programa global de ajuste macroeconómico y cambio estructural dirigido a corregir los desequilibrios macroeconómicos y a eliminar distorsiones que obstaculizan el crecimiento del país.
Señala a mera de ejemplo: El superávit primario del sector público obtenido, (el que en varias décadas fue deficitario), la liberalización del comercio exterior del país y el programa de desincorporación de entidades y organismos como parte de la reforma estructural del sector público.
La carta considera que las políticas macroeconómicas y el cambio estructural señaladas han contribuido a restablecer las condiciones internas requeridas para recobrar un crecimiento económico sostenido. También se señala en la carta que están dispuestos a adoptar medidas adicionales, si fuera necesario.
Significado político de la carta.
Todas las cartas de intención firmadas por México “reconocen la autonomía de México”.
Sin embargo, lo que es común en todas ellas es el testimonio de la política económica del fondo.
A su vez, ésta responde a una filosofía que cada día gana más adeptos en los gobiernos de todos los países y que consiste en políticas efectivas para promover la privatización del aparto productivo, la eficiencia económica, la competitividad y la productividad, todos como medios para el crecimiento económico.
Conclusiones.
La Carta es una prueba de la inobservancia e inoperancia de los principios de soberanía y no intervención. Dichos principios, ahora distorsionan las realidades a las que se refieren.
Con la creciente interdependencia entre los Estados lo más probable es que el uso de técnicas de intervención económica que no implican el uso de fuerza, en vez de disminuir, van creciendo.
Ahora bien, México requiere recursos, como todos los países en algún grado, y las reglas que operan son que los grupos que los poseen, imponen sus condiciones a los que los necesitan. Lo demás son formas.
Finalmente opino que los países como México en vías de desarrollo, tiene que abrirse al proceso de la globalización, sacrificando de cierta manera la soberanía nacional y admitiendo la intervención de las reglas de los países desarrollados, en aras de conseguir recursos económicos para su crecimiento y desarrollo.