En redes sociales circula información en el sentido que los bancos reportarán al Servicio de Administración Tributaria (SAT) los depósitos en efectivo superiores a 15 mil pesos, los cuales podrán ser sujetos al pago del Impuesto Sobre la Renta; al respecto, es necesario conocer los supuestos en que se hará este tipo de reporte y las medidas que hay que tomar para evitar los riesgos que esto pudiera traer:
De conformidad con el artículo 55 fracción IV de la Ley del Impusto Sobre la Renta (LISR), las instituciones financieras deberán de reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas bancarias de los contribuyentes en las instituciones del sistema financiero, cuando el monto mensual acumulado de los depositos en efectivo que se realicen en todas las cuentas en las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero, exceda de 15 mil pesos, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
¿Que se considera depósito en efectivo?: depósitos en moneda nacional y extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta de las personas físicas y morales tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja
¿Qué contribuyentes están considerados?: personas físicas y morales, estén o no inscritas en el SAT.
¿Cómo se hará el reporte?: las instituciones financieras deberán presentar la declaración a más tardar el 15 de febrero de cada año.
¿Qué puede hacer el SAT con la información de los depósitos en efectivo?: el SAT puede pedirle a las personas que aclaren el origen de los depósitos en efectivo y sí estos fueron declarados fiscalmente.
¿Qué ocurre si no se aclara o no se han declarado los depósitos en efectivo? El SAT exigirá el pago de los impuestos, recargos, atualizaciones y multas.
Recomendaciones para evitar problemas fiscales con los depósitos en efectivo:
– Realizar el pago de las tarjetas de credito mediante cheques nominativos o transferencias bancarias.
– No prestar las tarjetas de crédito ni débito a familiares o amigos para que paguen sus compras o gastos, o le depositen cantidades a las mismas.
– No prestar las tarjetas de débito a terceros para que sus familiares o amigos le depositen dinero en efectivo.
– Documentar completamente los ingresos recibidos en efectivo.
– Declarar los ingresos en efectivo.
– Informar al SAT los préstamos recibidos cuando éstos excedan en un año de calendario de 600 mil pesos.