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ISR aplicable a las plataformas tecnológicas.

En la actualidad una gran cantidad de operaciones se realizan mediante el uso de plataformas tecnológicas, entre otras: prestación de servicios de transporte terrestre de pasaje y de entrega de bienes, prestación de servicios de hospedaje y enajenación de bienes y prestación de servicios.

Al respecto es importante conocer en qué casos se pagará el ISR:

a) ¿Quienes pagarán
el ISR?: las personas
físicas con actividades empresariales que enajenen bienes o presten servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

b) ¿Cómo se pagará el ISR?: el impuesto se pagará mediante retención que efectuarán las personas morales residentes en México o residentes
en el extranjero con
o sin establecimiento permanente en el país,
así como las entidades o figuras jurídicas extranjeras que proporcionen, de manera directa o indirecta los mencionados medios tecnológicos.

El ISR a retener se calculará considerando
el monto total de los ingresos obtenidos a los que se les aplicará una tasa de impuesto de manera progresiva dependiendo
el nivel de ingresos, de la siguiente manera:

I.- Tratándose de prestación de servicios
de transporte terrestre
de pasaje y de entrega de bienes: con un ingreso hasta 5,500 pesos mensuales un 2% hasta 8%.

II.- Tratándose de prestación de servicios de hospedaje con un ingreso hasta 5,000 pesos mensuales 2% hasta un 10%.

lll.- Tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios:
con un ingreso mensual de 1,500 pesos mensuales .04% hasta un 5.4%.

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De las tres actividades antes mencionadas, la que tiene un mayor movimiento es la de servicios de hospedaje, mejor conocido como “rentas vacacionales”, principalmente en lugares turísticos como es el caso de Cancún, en donde existen una gran oferta de inmuebles destinados a este fin.

Por otra parte, es importante mencionar que además del ISR que se debe pagar por la realización de las mencionadas actividades; también existen impuestos a nivel estatal y por supuesto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Publicado por
Redacción Quintana Roo Hoy