POR PABLO GUTIÉRREZ LAGUN
El 27 de agosto del presente año, la Jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) anticipó que en la miscelánea fiscal para el 2022 se incluirá la implementación del régimen de confianza para los contribuyentes.
El anuncio generó una gran expectativa tanto para los contribuyentes como para algunos profesionistas que ofrecen sus servicios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, toda vez que según lo expresado por la Jefa del SAT ayudará a los pagadores de impuestos a eliminar a estos intermediarios.
De acuerdo a lo señalado por la Jefa del SAT el régimen de confianza utilizará la inteligencia artificial y por medio del un robot- algoritmo, el SAT determinará las declaraciones preliminares para simplificar el pago de impuestos tanto de personas físicas como morales; y estará dirigido a los contribuyentes de ingresos bajos.
En relación a la propuesta del SAT, cabe recordar que en la actualidad, el órgano fiscalizador de la SHCP cuenta con una gran cantidad de información del contribuyente, las que capta a través de diversas fuentes electrónicas; como por ejemplo: los ingresos y deducciones a través de los CFDIS, los depósitos bancarios realizados en las cuentas bancarias, e información de diversos intermediarios: Notarios públicos, Agentes aduanales, instituciones públicas; por mencionar algunas fuentes: Esto le permite a la autoridad conocer y concentrar los ingresos y deducciones de los contribuyentes y elaborar una declaración pre llenada, para que el contribuyente la revise y agregue la información no incluida o en su caso si está correcta, realice el envío.
Es importante mencionar que el régimen de confianza en apariencia busca que el contribuyente tenga certidumbre en la información con la que cuenta el SAT y determine sus contribuciones a cargo y sólo le informe a los pagadores de impuestos, de las cantidades a pagar.
Por otra parte, cabe recordar que aún cuando la finalidad de la autoridad fiscal y del régimen de confianza es la de simplificar el proceso de cálculo, llenado de las declaraciones y el pago de los impuestos; no se puede perder de vista que de acuerdo al Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes tienen el derecho de determinar sus contribuciones a cargo, entendiéndose bajo el principio de buena fe. En todo caso, lo que está pretendiendo la autoridad es una modalidad para el cumplimiento de las obligaciones a cargo de del contribuyente.
No obstante de lo anterior, el contribuyente, siempre tendrá el derecho de efectuar las correcciones y ajustes procedentes, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Código Fiscal de la Federación; incluyendo la de hacer las correcciones, mediante la presentación de las declaraciones complementarias que procedan.