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Custodia en Q. Roo: el reto entre el interés superior y la justicia

La custodia de los hijos en Quintana Roo no es solo un asunto jurídico, sino un tema profundamente humano que revela las tensiones de nuestro sistema de justicia familiar.

La ley estatal y la Constitución coinciden en un principio rector: el interés superior del menor. Sin embargo, en la práctica cotidiana de los juzgados familiares, ese principio enfrenta obstáculos que cuestionan su verdadera eficacia.

En teoría, la custodia puede otorgarse de manera individual o compartida.

Esta última figura, impulsada en años recientes, busca que ambos progenitores participen activamente en la crianza. No obstante, en los tribunales de Quintana Roo sigue prevaleciendo la tendencia a conceder la guarda a uno de los padres —frecuentemente la madre— bajo la lógica tradicional de estabilidad, aun cuando existen condiciones para una custodia compartida.

El problema no radica en la norma, sino en su aplicación. La falta de peritos especializados, la sobrecarga de expedientes y la insuficiente capacitación en perspectiva de género y derechos de la niñez generan resoluciones que en ocasiones privilegian la comodidad procesal por encima de la realidad familiar.

A ello se suma un contexto local particular: ciudades como Cancún y Playa del Carmen registran alta movilidad laboral y migratoria, lo que complica la permanencia de los menores en un entorno estable y cercano a ambos progenitores.

Tampoco puede ignorarse que en casos donde se denuncia violencia familiar, el sistema aún arrastra deficiencias para garantizar protección inmediata. El dilema suele ser entre asegurar el contacto paterno o materno y prevenir riesgos, pero la falta de protocolos ágiles provoca que muchos niños y niñas queden atrapados en litigios prolongados y desgastantes.

La custodia en Quintana Roo exige una revisión crítica.

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El Poder Judicial debe apostar por fortalecer la custodia compartida como modelo preferente cuando no haya factores de riesgo, garantizar dictámenes técnicos confiables y priorizar la voz de la infancia, no solo como formalidad, sino como elemento central del proceso.

De lo contrario, el principio del interés superior seguirá siendo un discurso vacío.

En definitiva, la justicia familiar en materia de custodia no puede limitarse a administrar conflictos entre adultos; debe convertirse en un verdadero garante del derecho de los menores a crecer en entornos de amor, seguridad y estabilidad.

Publicado por
Javier