Categorías: Tópicos FiscalesVoces

31 de diciembre de 2022 fecha límite para cumplir con diversas obligaciones fiscales

Con el objetivo de otorgar facilidades a los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT)  emitió el comunicado de fecha 14 de julio de 2022 en el que da a conocer prórroga hasta el 31 de diciembre del presente año, para los siguientes trámites:

. Cancelación de facturas electrónicas  de ejercicios fiscales anteriores a 2022.

. El uso de la factura electrónica 3.3

. Los contribuyentes del Regimen simplificado de confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con factura fácil  y mi nómina  a través de mis cuentas sin la necesidad de contar con el Certificado de Firma Electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.

. Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

. Se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su buzón tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no le sea aplicable una multa.

La ampliación del plazo otorgada por el SAT para cumplir con las diversas obligaciones fiscales es positiva, ya que por una parte le permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales por un plazo mayor, sin el temor de hacerse acreedor a la aplicación de multas; por la otra parte, al SAT le permite que su plataforma no se sature por la realización de diversos trámites por parte de los contribuyetes, con es el de obtener una cita para la obtención o renovación de la firma electrónica, trámite que en las últimas fechas ha sido muy complejo el obtener dicha cita.

Cabe recordar que la obligatoriedad del uso de la versión 4.0 de la factura electrónica se prorrogó hasta el 1 de enero de 2023, lo que le permite a los controbuyentes seguir utilizando la versión 3.3.

Advertisement. Scroll to continue reading.
[adsforwp id="243463"]

Es importante mencionar que no obstante de la prórroga otorgada por el SAT para cumpir con los trámites señalados, se recomienda seguir avanzando con los trámites, es decir,  no dejar para el último momento el cumplimiento de dichas obliigaciones, ya que si lo dejan al final del plazo otorgado, pueden tener agunos contratiempos, sobre todo para obtener una cita.

Publicado por
Redacción Quintana Roo Hoy