Respecto a las gasolineras no sólo está el tema de los litros de a litro, hay otro asunto que también ha generado inconformidad ciudadana, la instalación de estaciones lo mismo junto a una escuela que cerca de un supermercado o próximas a conjuntos habitacionales; de los casos más polémicos está la ubicada cerca de Pok Ta Pok en Zona Hotelera y más recientemente, la situada en Avenida Nichupté junto a la plaza del mismo nombre.
En una ciudad como la nuestra, de tal dinamismo en el transporte, es natural que haya interés y necesidad de abrir gasolineras. Asimismo es fundamental que la autoridad establezca disposiciones que controlen y limiten su instalación, además de vigilar y sancionar su operación. No se trata de obstaculizar la inversión, pero es necesario atender este tema, pues en ciertos casos han pasado por encima de vecinos, locatarios y grupos sociales.
Quiero referirme al otrora Reglamento para la Ubicación, Construcción y Funcionamiento de las Estaciones de Servicio de Almacenamiento y Venta de Gasolina y Diesel para Vehículos Automotores, Terrestres y Acuáticos en el Municipio de Benito Juárez, Q. Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del estado en febrero 11 de 2002. Éste incluía importantes conceptos como: colindancias de predios, distancias mínimas entre estaciones, restricciones métricas respecto de sitios de concentración masiva de personas, entre otras. Desafortunadamente, dicho acuerdo reglamentario se abrogó en la 42 sesión ordinaria de Cabildo el 22 de Enero de 2007 publicado en el periódico oficial 19 extraordinario el 25 de Abril de 2007.
Ahora las disposiciones sobre gasolineras en el ámbito municipal, están contenidas en el Reglamento de Construcción de Benito Juárez, sin que se establezcan parámetros de ubicación ni colindancias para su apertura, lo cual deja un margen legal muy amplio y éstos vacíos suelen ser dolosamente aprovechados al realizarse inversiones de este tipo.
Este es un buen momento para que el Ayuntamiento entrante revise tan importante tema para la comunidad, privilegiando un desarrollo urbano ordenado, seguridad de las personas, certeza jurídica en sus propiedades y sustentabilidad ambiental.