COZUMEL.- La regulación de la Cofepris, ante la polémica de si los cigarros de vapor o electrónicos se puede fumar en lugares cerrados al ser vapor de agua o esencias, la regulación es clara en este sentido, y señala que en lugares con acceso público o en áreas interiores de trabajo, públicas o privadas no se podrá fumar y podrán existir zonas exclusivamente para fumar, por lo que lugares que lo permitan o no tengan sus espacios de fumadores y libre de fumadores, podrán ser sancionados.
Viridiana Alcérreca Rocha, Encargada de la oficina de trámites y servicios de la Cofepris en Cozumel, cuestionada al respecto, pues comensales o clientes de restaurantes y bares donde se ha tenido molestia por el uso de estos en áreas cerradas o libres de humo, esto ante la negativa de usuarios de estos artefactos al señalar que lo que expiden es vapor de agua o de los aromas a diferencia del humo del cigarro convencional, fue clara al señalar que esto no es correcto pues la regulación es clara y no se puede fumar en áreas cerradas o libres de humo.
Señaló que hay muchos encargados o propietarios de establecimientos que desconocen de esta normativa por lo cual cuando son detectados se les realiza el llamado de atención por la autoridad para que los cigarros electrónicos sean fumado en las áreas destinadas para tal efecto.
Por Alberto Tejero/Grupo Cantón