JESÚS VÁZQUEZ
GRUPO CANTÓN
CANCÚN.- Este lunes se publicó en los estrados del Poder Judicial, en el cual se expone que el tribunal Colegiado en materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito declaró infundado el recurso de queja promovido por la organización Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), contra la anulación de la suspensión definitiva del tramo 5 sur de Tren Maya.
La queja buscaba anular el fallo del juez argumentando diversas jurisprudencias de casos emblemáticos mediante los cuales “la Suprema Corte ha señalado que la falta de una autorización en materia de impacto ambiental basta para considerar que las obras que se pretenden realizar pondrán en riesgo el equilibrio natural de un ecosistema (Caso Laguna Carpintero AR 307/2016)”.
Sin embargo, prevaleció el argumento del juez primero de distrito con sede en Yucatán, el cual determinó que “Fonatur y Fonatur Tren Maya, Sociedad Anónima de Capital Variable, dieron cumplimiento a las condicionantes marcadas bajo los números 2, 3 y 5, que se les fijaron previo al inicio de las obras y actividades del tramo cinco sur del proyecto Tren Maya, precisadas en la autorización de la Manifestación de Impacto Ambiental”, se lee en el fallo.
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