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Condusef asesora sobre seguro de estacionamiento

Jesús Vázquez
CANCÚN, Q. Roo

Si usted dejó su automóvil en un estacionamiento público y se lo robaron o sufrió algún daño, en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) lo asesoran para hacer válido el seguro.

De acuerdo con la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, los titulares u operadores de los estacionamientos públicos tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil o fianza, que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudieran sufrir en su persona, vehículo, o en la de terceros hasta por 9 mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente por vehículo, es decir, alrededor de 645 mil pesos, en las siguientes modalidades:

• Autoservicio.- Responsabilidad por robo total, robo y daño parcial del vehículo, e incendio del inmueble donde se depositó el vehículo, cuando éste sea atribuible al titular u operador. • Acomodadores de vehículos o Valet Parking.- Responsabilidad por robo total, robo y daño parcial, robo o daño de accesorios mostrados a la entrega del vehículo, e incendio del inmueble donde se depositó el vehículo, cuando éste sea atribuible al titular u operador.

En el boleto que entregue el estacionamiento al usuario, deberán estar contemplados los siguientes datos:
Nombre o razón social y domicilio del prestador del servicio de estacionamiento; clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC); los números telefónicos para reportar quejas; la clasificación del estacionamiento; y, de acuerdo con ello, la tarifa aplicable; número de boleto; forma en la que se responderá por los daños que hayan sufrido los vehículos durante el tiempo de guarda; espacio para asentar la hora de entrada; espacio para apuntar la hora de salida; y espacio para anotar el número de placa.

Se debe recordar que para hacer uso de estos seguros, es importante conservar el recibo o en su caso el boleto expedido, ya que será indispensable su presentación para que se pueda realizar cualquier reclamación al respecto, además de la documentación que la aseguradora solicite.

En el caso particular de inundación, es necesario considerar si el centro comercial o el condómino cuentan con algún seguro que proteja estos imprevistos, ya que normalmente no está amparada este tipo de cobertura, sobre todo cuando el estacionamiento se encuentra en niveles por debajo del suelo (sótanos). En este caso, si la póliza de auto cubre daños materiales, es decir, tiene una cobertura amplia, cuenta con la cobertura por inundación, además de cubrir incendio, rayo, explosión, caída de árboles o sus ramas.

En caso de contar únicamente con la cobertura por Robo Total, aun cuando no se contrate la “Cobertura de Daños Materiales”, quedan amparados los riesgos por: inundación, incendio, rayo, explosión, ciclón, huracán, tornado, vendavales, granizo, terremoto, erupción volcánica, alud, derrumbe de tierra o piedras, caída o derrumbe de construcciones, edificaciones, estructuras u otros objetos.

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Publicado por
Redacción Quintana Roo