La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), autorizó de manera condicionada el proyecto denominado “Sistema de Transporte de Acceso Abierto Cancún Etapa II (Cancún-Playa del Carmen)”.
Con esto, la empresa Gas Natural del Noroeste instalará un gasoducto con una longitud de 198 mil 180 metros, para transportar gas natural en los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos y Solidaridad.
Cabe destacar que para este proyecto, ni la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA) del Gobierno de Quintana Roo; ni el Ayuntamiento de Benito Juárez, que encabeza Remberto Estrada, presentaron ninguna observación cuando la ASEA la solicitó, según consta en el resolutivo de la dependencia con número de oficio ASEA/UGI/DGGTA/1707/2017.
El 20 de junio del 2017, la empresa Gas Natural del Noroeste presentó la solicitud de este proyecto que, en resumen, instalará dicho gasoducto, con un ramal partiendo del punto de interconexión de la zona centro de la ciudad de Cancún hacia la Zona Hotelera, y continuar por la carretera Cancún-Tulum, hasta la ciudad de Playa del Carmen.
En este sentido, y de acuerdo a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la ASEA emitió el 17 de julio del 2017 diversos oficios a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), a la SEMA (oficio ASEA/UGI/DGGTA/1112/2017), a los ayuntamientos de Benito Juárez (ASEA/UGI/DGGTA/1113/2017), de Puerto Morelos y de Solidaridad, solicitando emitir sus comentarios referentes a los instrumentos de planeación y ordenamientos jurídicos en materia de su competencia con referencia al desarrollo del proyecto.
Derivado de lo anterior, el 10 de agosto del 2017, la propia ASEA recibió la opinión técnica de la Conanp, del Gobierno de Puerto Morelos; y el 4 de septiembre la opinión técnica del Ayuntamiento de Solidaridad.
En el caso de la Conanp, en su oficio F00.9.DRPYyCM.UTCMR.578bis-/2017, señala una serie de medidas y disposiciones ambientales respecto a este proyecto.
Por su parte, el Ayuntamiento de Puerto Morelos, en su oficio MPM/DGE/227/VII/2017, señaló que la información presentada por el promovente (Gas Natural del Noroeste) estaba incompleta y no era clara respecto a los tramos dentro de ese municipio.
En tanto, el Ayuntamiento de Solidaridad, en su oficio número DGIDUyMA/674/2017 además de emitir la opinión técnica donde señala una serie de criterios de regulación ecológica de aplicación general y específicos, aplicables al citado proyecto, de acuerdo al Programa de Ordenamiento Ecológico Ambiental (POEL), adelantaron que éste además tendrá que ser sometido al Cabildo para aprobar o rechazar su construcción.
Destaca la ASEA en su punto número XV “que a la fecha de emisión del presente resolutivo y sin perjuicio de lo establecido en otros ordenamientos jurídicos administrativos, esta DGGTA (Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento) no obtuvo respuesta de la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Quintana Roo ni del Gobierno Municipal de Benito Juárez; por lo anterior, establecido el plazo en los oficios señalados en los Resultandos antes citados, esta DGGTA procede a determinar lo conducente conforme a las atribuciones que le son conferidas…”
Tras las observaciones de los ayuntamientos de Solidaridad y Puerto Morelos, y de la Conanp, la ASEA estableció una serie de medidas preventivas y de mitigación al promovente, así como unas condicionantes para desarrollar el proyecto como presentar a los municipios involucrados los radios potenciales de afectación a efecto de que se regule el uso de suelo en la zona para proteger y preservar de manera sustentable los recursos naturales.
También, considerar la unidad hidrológica y la cercanía con los acuíferos durante las excavaciones, garantizando que ningún tipo de residuo sólido o peligroso o derivado de las actividades durante el tiempo de vida útil del proyecto sea depositado en zonas de vegetación aledaña, incluyendo manglares, ni en cuerpos de agua asociados.
Además, la ASEA prohibió a Gas Natural del Noroeste dragar, abrir canales o realizar cualquier obra que modifique la vegetación original.
Por último, prohibió para este proyecto remover, rellenar, transplantar, podar o realizar cualquier obra o actividad que afecte la integridad del flujo hidrológico del ecosistema y su productividad natural.
Fernando Morcillo/GRUPO CANTÓN