CANCÚN, Q. Roo.- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) reporta que durante 2016 se presentaron 28, 220 quejas por malas prácticas de despachos de cobranza.
Juan Bosco García Galán, delegado de Condusef en Quintana Roo dijo que el número de quejas registradas durante el 2016 representan el 8% menos que las reportadas durante el 2015.
Lo anterior obedece en buena parte a que las instituciones financieras tienen más cuidado y atención de las prácticas que llevan a cabo los despachos que contratan.
La institución bancaria con el mayor número de quejas fue Banco Santander al registrar 4,742; le sigue BBVA Bancomer con 3,416; Banco Nacional de México con 3,362; Banco Mercantil del Norte con 2,833 y Banco Azteca con 2,184.
Las principales causas reportadas por los usuarios de servicios financieros son: gestión de cobranza sin ser el usuario, cliente y/o socio deudor; no se dirigió de manera educada y respetuosa; amenaza, ofende e intimida al deudor, familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona. Por otro lado, el despacho que registró mayores quejas es Muñoz C. y Asociados S.A de C.V.
Redeco es un sistema electrónico que contiene información de los Despachos de Cobranza, quienes actúan como intermediarios entre la Entidad Financiera y el Deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como, negociar y reestructurar los créditos, préstamos o financiamientos.
Funcionamiento
Las Entidades Financieras solicitarán su alta a través del Redeco, utilizando la Clave Institucional proporcionada a las Entidades Financieras por la Condusef para el Registro de Prestadores de Servicios Financieros y que les servirá de acceso al Redeco, posteriormente proporcionarán los datos de los despachos de cobranza que realicen la gestión del cobro de sus créditos, préstamos o financiamientos
Marco legal
La conducta de las instituciones bancarias están reguladas por la ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, por ejemplo el artículo 17 Bis 1, dice que las Entidades a través de medios electrónicos y en sucursales, deberán tener a disposición de sus Clientes, los datos suficientes de identificación de los despachos externos, que incluirán a terceros o representantes que realicen la cobranza de los créditos que otorguen, así como de aquellos que apoyen en las operaciones de negociación y reestructuración de créditos con sus Clientes o deudores frente a las Entidades.
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(Jesús Vázquez / QUINTANA ROO HOY)