Demasiado masculina y poco atractiva, en referencia a la víctima, fueron algunos de los argumentos utilizados por tres magistradas italianas para absolver del delito de violación a dos hombres que habían sido condenados en primera instancia a cinco y tres años de cárcel respectivamente, según recoge La Repubblica.
Estas tres jueces sostenían de esa forma que la joven hubiera sido violada, sino que era más probable que se hubiera inventado la agresión. En las motivaciones de este fallo, el Tribunal afirma que al acusado ni siquiera le gustaba la joven, lo cual en su opinión se vería confirmado por el hecho de que este había grabado el número de teléfono de la mujer con el nombre de ‘Vikingo’ en referencia a su aspecto masculino. Una percepción que “la fotografía en el archivo de prueba parece confirmar”, añadieron las magistradas al adjuntar la imagen de la víctima.
Este veredicto fue recurrido por el fiscal general, y el Tribunal Supremo italiano ha ordenado que el proceso de apelación vuelva a desarrollarse. Mientras tanto, el fallo ha causado polémica en la sociedad italiana.
Los hechos se remontan a marzo de 2015, cuando una joven de 22 años de origen peruano se presentó acompañada de su madre en un hospital donde afirmó haber sido violada unos días antes. Los médicos encontraron lesiones compatibles con una agresión sexual y una alta cantidad de benzodiazepinas −medicamento psicotrópico con efectos sedantes, hipnóticos, amnésicos y miorrelajantes− que la víctima no recordaba haber tomado.
La mujer, que asistía a la escuela nocturna, decidió tomarse unas cervezas una noche junto a un par de compañeros de clase. Lo que sucedió después fue para los dos hombres una relación sexual consentida, mientras que la joven afirma que fue violada por uno de los hombres mientras el otro vigilaba.
La Justicia italiana en primera instancia condenó a los dos varones y dictaminó cinco años de cárcel para el violador y tres para su cómplice.
Los condenados apelaron la sentencia, y el nuevo fallo en segunda instancia de noviembre de 2017, conocido ahora y firmado por las tres jueces, les absuelve argumentando, entre otras cuestiones, que la víctima no era atractiva y que tenía “una personalidad para nada femenina y más bien masculina”.
La Corte de Casación ha anulado este último veredicto y ha ordenado que el caso vuelva a ser conocido por el Tribunal de Apelaciones.
Cortesía: Sin Embargo