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20 abril, 2024

Tópicos Fiscales

Mitos y realidades sobre el secreto fiscal

En el ámbito contable fiscal, desde hace muchos años se ha mencionado que los contribuyentes gozan del secreto fiscal, es decir, que las autoridades fiscales no pueden conocer la información sobre sus cuentas bancarias; otras versiones van en el sentido contrario, en otras palabras, que el fisco si puede conocer sus operaciones  bancarias.

En algún tiempo, también se decía que habían cuentas fiscales y “no fiscales” es decir, que sólo se registraban en contabilidad y se declaraban aquellas cuentas bancarias en donde se depositan los ingresos provenientes de la actividad registrada ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); que no había obligación ni de registrar en la contabilidad ni de declarar las demás cuentas bancarias. Sobre este tema es bueno conocer los mitos y realidades al respecto:

Mito: ¿El secreto fiscal si existe?. Respuesta: no existe.

Realidad: Cuando las autoridades fiscales están llevando a cabo sus facultades de comprobación solicitan al contribuyente la exhibición de todas sus cuentas bancarias, estén o no relacionadas con la actividad manifestadas ante el SAT. Si el contribuyente no proporciona la totalidad de sus cuentas bancarias, la autoridad fiscal las solicita a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y esta le proporciona a la autoridad fiscal, todas las cuentas bancarias que estén a nombre del contribuyente que está sujeto de una auditoria o revisión, ya sea cuentas de cheques, de ahorro, tarjetas de crédito, contratos de inversión, etc.

Cabe mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en fecha muy reciente confirmó que no existe el secreto fiscal tratándose de los contribuyentes que se encuentren sujetos del ejercicio de las facultades de comprobación por parte de las autoridades fiscales. 

Por otro lado, las Normas de Información Financiera (NIFS) establecen las reglas para el registro y presentación de las operaciones que realicen los contribuyentes, las cuales refieren que todas las operaciones deben estar debidamente registradas en contabilidad, es decir, engranadas al sistema contable implementado por los entes económicos.

Así también es importante mencionar que las instituciones de crédito, tienen la obligación de informar al SAT de todos los movimientos bancarios que realicen los cuentahabientes. 

Finalmente menciono que en virtud de que el secreto fiscal no existe en materia fiscal, es importante registrar en contabilidad y declarar ante el SAT, todas las cuentas  bancarias a nombre de los contribuyetes, ya sean fiscales o no.

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