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18 abril, 2024

Desde Cancún

¿Protección al derecho de Autor o censura?

POR: PABLO BUSTAMANTE
TWITTER: @PabloBvstamante

El Senado de la República la semana pasada aprobó el dictamen que reforma la Ley Federal de Derecho de Autor, el objetivo es implementar medidas tecnológicas de protección, la ONG Red en Defensa de los Derechos Digitales advierte que estas reformas censuran y violentan el derecho de expresión de los usuarios.

La reforma establece que cualquier contenido en Internet deberá darse de baja sin manifestación expresa por parte de una autoridad judicial, para esto debe de existir solicitud de un tercero que declare que sus derechos de autor están siendo violados.

México al aprobar esta reforma armonizaría el marco jurídico para dar cumplimiento al tratado que tiene con Canadá y Estado Unidos.

Es importante tener en cuenta que una vez que entren en vigor dichas reformas, las obras protegidas deberán ostentar la leyenda “Derechos de Autor” o su abreviatura DR y el número internacional normalizado, quien sea propietario de obras literarias y artísticas podrá autorizar o prohibir su exhibición pública, sea cual sea el medio incluyendo el internet.

Los derechos digitales se basan en un principio llamado notificación y retirada, esto hace que los intermediarios de las plataformas de internet tengan que bajar cualquier contenido de sus usuarios en caso de que una persona alegue que se violaron sus derechos de autoría.

Lo preocupante de esta reforma es que el retiro del contenido se llevaría a cabo sin necesidad de demostrar prueba alguna de la supuesta violación de autoría y sin que una autoridad judicial lo ordene, por lo no existe un debido proceso en el retiro de contenido en internet y esto se puede entender como censura.

Un ejemplo es en el caso de que un usuario suba un video donde en el fondo suena una canción, cualquier persona puede acusar que se usó la música sin su consentimiento y los responsables de la plataforma podrían quitar el contenido.

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Los usuarios a través del contra aviso podrían apelar la censura de su contenido, sin embargo, el contenido se mantendría censurado durante la resolución del juicio.

Esta no es la única afectación de estas reformas, también se impondrían medidas tecnológicas de protección, mejor conocidas como candados digitales, los cuales limitan lo que se puede hacer con los aparatos y bienes digitales.

Esto significa que se prohíben condados en el software o hardware con fines de investigación o estudio, el uso o fabricación de reemplazables genéricos para dispositivos como impresoras, la modificación del hardware de tu computadora o la instalación de un sistema operativo distinto al original estará prohibido, así como reparar tus dispositivos por tus propios medios o mediante técnicos independientes.

Por lo que el uso intensivo de internet en el intercambio de contenidos por plataformas digitales necesita una adecuada protección, con el objetivo de proteger el interés jurídico de los poseedores del derecho de autor.

Sin embargo, valdría la pena analizar más a fondo estas modificaciones a la Ley Federal de Derecho de Autor, ya que su falta de certeza jurídica puede ocasionar la violación de derechos como por ejemplo el de libre expresión.

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