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Invalida SCJN cobros en ley de Hacienda de Tulum de 2022

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó dos cobros que el gobierno de Tulum había propuesto implementar desde 2022

Redacción / Grupo Cantón

TULUM.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó dos cobros que el gobierno de Tulum había propuesto implementar desde 2022, al considerarlos excesivos y contrarios a los principios de proporcionalidad tributaria y gratuidad en el acceso a la información.

Esta decisión pone fin a una controversia de casi dos años, luego de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpusiera una acción de inconstitucionalidad contra estos cobros.

El Pleno de la SCJN anuló los artículos 74, fracción V, inciso n) y 138 de la Ley de Hacienda del Municipio de Tulum, publicados el 19 de diciembre de 2022 en el Periódico Oficial del Estado mediante el Decreto 020. Los cobros propuestos incluían un cargo de 18 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 1,954.26 pesos, por la búsqueda de documentos en los archivos del Registro Civil, así como tarifas por la reproducción de información en copia simple, videocintas y discos compactos. Por ejemplo, las videocintas tendrían un costo de 4 UMA’s (434.28 pesos) y los discos compactos 2 UMA’s (217.14 pesos).

En ese momento, Diego Castañón Trejo, quien ocupaba el cargo de tesorero municipal, defendió los cobros argumentando que respondían a costos administrativos, pero la SCJN determinó que los montos no respetaban los principios constitucionales.

Además, se consideró que algunas tarifas vulneraban el derecho a la información pública al establecer costos excesivos para solicitudes a partir de seis fojas en adelante.

A través de un comunicado emitido este lunes, la SCJN informó que notificará al Congreso del Estado y al Ayuntamiento de Tulum para que eliminen estos conceptos de la Ley de Hacienda municipal.

Esta resolución subraya la necesidad de que las políticas de recaudación sean congruentes con los derechos ciudadanos y las normativas legales vigentes.

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Publicado por
Carlos
Etiquetas: SCJNTulum