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20 abril, 2024

Cancún

Issac Janix sí cometió violencia política contra Mara Lezama; cancelarán su registro

Paloma Wong
grupo cantón

Cancún. Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinó la existencia de Violencia Política contra la Mujer en razón de Género, en contra de la ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, en su calidad de candidata a la presidencia municipal de Benito Juárez, la cual fue ejercida por Issac Janix Alanis, y pidió al Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) que cancele su registro como candidato a alcalde de Benito Juárez del partido Fuerza por México.
Además le deberá ofrecer una disculpa pública y será inscrito en los registros nacional y estatal de personas sancionadas por violencia política de género por 4 años.
En sesión ordinaria no presencial, el Teqroo atendió el Procedimiento Especial Sancionador PES/033/2021, interpuesto por el partido político Morena en contra de Janix Alanis, por la supuesta transmisión en vivo, a través de la red social Facebook, en la que simula dar lectura a un mensaje de un seguidor de la transmisión, pero en realidad, a título personal realiza supuestas manifestaciones en contra de la candidata Mata Lezama.
Lo anterior con el propósito de menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de su derecho político-electoral a ser votada como candidata a un cargo de elección popular, por el hecho de ser mujer.

Janix Alanis será inscrito en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género de Quintana Roo, por los próximos cuatro años

Con los votos a favor de la magistrados Claudia Carrillo Gasca y Víctor Vivas, y el voto en contra de Sergio Avilés Demeneghi, el Tribunal consideró la falta de Janix como “grave ordinaria”, y ordenó inscribirlo en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género de Quintana Roo.
Luego de un debate en que de nuevo el magistrado Sergio Avilés, trató de menospreciar la falta, se determinó por mayoría la existencia de violencia política de género, por lo cual se emitieron diversas sanciones, entre ellas incluir a Janix Alanis en el padrón de agresores local y el registro nacional de infractores por un periodo de cuatro años.
Cabe recalcar que durante la sesión Avilés Demeneghi, no sólo dijo que la ponencia era insólita, sino que se sonreía burlonamente, mientras que la magistrada Claudia Carrillo le debatía, y le dijo que su actitud, no era nueva y que también constituye una modalidad de violencia de género.

DISCULPAS
Además de pedir disculpas públicas en el medio que realizó las agresiones en contra de Lezama en un periodo de 12 horas a partir de su notificación, la cual sería presentada en Facebook.
Se ordenó al Ieqroo, autoridad vinculada a la sentencia, que una vez notificada la resolución, proceda de inmediato conforme a sus facultades; en un cuarto punto se ordena dar vista al Tribunal de las ejecutorias e incluso se daría vista al Instituto Quintanarroense de la Mujer.

Con dos votos a favor y uno en contra, el Teqroo decidió sancionar y proceder en contra de las actitudes del abanderado de “Fuerza por México”

En ese caso, se dice que como Janix “no cuenta con modo honesto de vivir, determinado por esta autoridad jurisdiccional electoral local”, el Ieqroo debe hacer lo que a derecho corresponda “en relación a establecer si cumple con los requisitos de elegibilidad para seguir ostentando el cargo de candidato”, sin embargo, es claro que tal como sucedió en el caso de Gamero, el Ieqroo debe determinar quitarle la candidatura a Isaac Janix, y darle al partido un tiempo prudencial para registrar otro candidato.
Como sexto punto se ordena dar vista a la Fiscalía General el Estado en los términos de lo establecido en la presente resolución ante la posible comisión de delito y al órgano de control de la Contraloría del Ayuntamiento de Benito Juárez para su análisis ante la comisión de una falta administrativa de un servidor público.

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