Paloma Wong / GRUPO CANTÓN
Chetumal.- Derivado de la entrada en vigor de la “Ley Silla”, los patrones tienen los primeros seis meses para dotar del inmobiliario necesario a sus empleados, aseveró Verónica Salinas Mozo, secretaria del Trabajo y Previsión Social.
En diciembre del 2025 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, por lo que las empresas y personas empleadoras tendrán 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto para adecuar su normativa interna, para cumplir con lo establecido en la fracción V del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.
De acuerdo con la Ley, las personas trabajadoras tienen derecho a tener una silla con respaldo para descansar, ya sea durante sus funciones o para el descanso periódico durante su jornada laboral. Para ello, las y los patrones tienen la obligación de proveer el número suficiente de asientos para la disposición de los trabajadores.
Derivado de ello, la secretaria del Trabajo y Previsión Social en la entidad refirió que tras vencer los seis meses otorgados para dotar del inmobiliario necesario a los empleados empezaran con las supervisiones en todas las áreas laborales que existan en la entidad.
“Todos los patrones tienen un periodo de seis meses para que los patrones adquieran el mobiliario o las sillas adecuadas para cuidar las condiciones generales y cuidar las condiciones de salud”, abundó.
Salinas Mozo insistió en que las supervisiones van de manera generalizada, incluido en los supermercados o tiendas de autoservicio, pues es de conocimiento público que en estos lugares los empleados pasan más tiempo parado.
Explicó que además se prohíbe que los empleadores obliguen a los trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada laboral, además de que esta misma normativa establece los descansos periódicos.
Es de mencionar que las sillas las cuales se deben proporcionar a los empleados deben tener respaldo, a fin de que los trabajadores puedan descansar.