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Ministros de SCJN debaten impugnaciones a Reforma al Poder Judicial

Los ministros de la SCJN discuten el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre las impugnaciones a la reforma al Poder Judicial

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discute hoy, 4 de noviembre de 2024, el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre las impugnaciones a la reforma al Poder Judicial que presentaron los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).

A las diez de la mañana de este martes Rafael Coello Cetina, secretario general de acuerdos de la SCJN, dio lectura a los puntos resolutivos del proyecto del ministro González Alcántara Carrancá, quien propone reformar parcialmente la reforma al Poder Judicial, decretada y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 15 de septiembre de 2024.

¿Qué propone el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá?

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propone anular la elección a través del voto popular de jueces y magistrados, pero sí permite que se elijan de esa manera los ministros de la Corte, los magistrados del Tribunal de Disciplina y los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Otros puntos del proyecto piden la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial, la creación del Tribunal de Disciplina y de un órgano de administración, ambos sustituirían al Consejo de la Judicatura Federal.

También contempla medidas de austeridad para futuros cargos y que los jueces y magistrados sean sometidos a una evaluación de desempeño a partir del primer año en el cargo.

¿Qué invalida el proyecto?

  • La remoción masiva de jueces y magistrados.
  • El recorte salarial para jueces y magistrados en funciones.
  • La propuesta de jueces sin rostro.
  • La inatacabilidad de sentencias del Tribunal de Disciplina.
  • Las amplias facultades del Tribunal de Disciplina.
  • La prohibición de suspender normas generales en el juicio de amparo.
  • Que los estados instauren un sistema de elección de personas juzgadoras locales a través del voto popular.

“Un asunto de altísima complejidad”, dice Norma Piña

Durante la sesión del pleno de este martes, la ministra Norma Piña, presidenta de la SCJN, indicó que la Corte realizaría el estudio de un asunto de “altísima complejidad y extraordinaria importancia para nuestra nación”.

Dijo que no es exagerado afirmar que cualquiera que sea la decisión que se tome será retomada por los libros de Historia del país.

“Es cierto que no son pocas las ocasiones en las que a la Suprema Corte le toca estudiar y resolver asuntos de superlativa dificultad y relevancia social.

La ministra presidenta acotó que en la SCJN están conscientes del peso histórico que tendrá la discusión de este martes y añadió que en cada una de las posiciones que adopten cada uno de los ministros y ministras estará presente el juramento que cada uno pronunció cuando inició su mandato: Guardar y hacer guardar la Constitución de la República.

Luego de la exposición de Norma Piña, la ministra Lenia Batres consideró que no había razón para analizar el decreto y al momento de votar esa propuesta, se confundió y votó en contra de su propia propuesta, y después corrigió, pero se rechazó retirar el proyecto.

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En la primera votación relevante, el Pleno, por mayoría, determinó que la reforma de supremacía constitucional no puede frenar la discusión de la Reforma Judicial.

Posicionamientos de los ministros

  • Juan Luis González Alcántara Carrancá explicó que el 31 de octubre ya existía un cierre de instrucción y adicionalmente el proyecto ya era de conocimiento de los ministros desde el día 28, por esta razón no es causal de improcedencia
  • Alberto Pérez Dayán señaló que hubo un caso similar en 2016, cuando diversos partidos políticos promovieron una acción de inconstitucionalidad en contra de un decreto publicado en el DOF en enero de ese año. El ministro señaló que las demandas fueron desechadas
  • Loretta Ortiz Ahlf manifestó que es necesario adoptar una postura consistente sobre lo que implica guardar y hacer guardar la Constitución; señaló que el debate implica decidir si se considera a la Carta Magna como un documento inquebrantable en sus fundamentos o si se permite su control judicial
  • Lenia Batres Guadarrama refirió que se trata de la discusión jurídica más importante que haya tenido la Suprema Corte en el último siglo porque es la primera vez que una probable mayoría, por lo menos, podría estarse pronunciando por modificar el contenido de “nuestro pacto fundamental”
  • Yasmín Esquivel Mossa dijo que la obligación de los ministros y ministras es respetar la Constitución y la justicia debe ser su prioridad. Dijo que no está de acuerdo en que los partidos políticos nacionales tengan legitimación para impugnar normas que no les afectan
  • Luis María Aguilar Morales consideró que si anteriormente se han invalidado una gran cantidad de leyes es porque están mal hechas, “en este y en cualquier sexenio”. Sobre las remuneraciones del titular del Poder Ejecutivo dijo que hay un error común porque pareciera que son solamente las que representan el dinero en moneda y no las prestaciones a las que se refiere el Artículo 127 Constitucional
  • Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena señaló que la Constitución concibe a los partidos políticos como unidades para garantizar la democracia en su artículo 41, lo que trasciende el carácter apartidista de las elecciones judiciales. Señaló que los procesos electorales judiciales coinciden con las elecciones legislativas y del Ejecutivo, en las que los partidos sí participan, lo que hace imposible desvincularlos de los procesos
  • Jorge Mario Pardo Rebolledo dijo compartir en términos generales la conclusión de la legitimación de los partidos políticos. Señaló que existen precedentes en donde se ha puesto a discusión la situación de la posibilidad de someter a análisis reformas al texto de la Constitución. Se refirió a la reforma de supremacía constitucional y reflexionó  “si es tan claro y contundente que no había manera de revisar una reforma en la Constitución, porque se expidió una reforma precisamente con ese contenido expreso”.